Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/367055
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 893
TRABAJADORES DEL ESTADO, FALTA DE PROBIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 893
Si el trabajador del Estado permitió que con su autorización y sin tener facultad para ello se sacara del establecimiento a su cargo un objeto propiedad de la Secretaría de Estado a la que prestaba sus servicios, consumó con ello la falta de probidad y honradez a que se refiere el artículo 24, fracción V, inciso a) del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 391/48. Muñoz de Cote Felipe. 14 de febrero de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.