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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367076
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1041
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA DE TRABAJO, APRECIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1041
Para que una autoridad jurisdiccional conceda valor a una prueba pericial dentro de su prudente arbitrio, es necesario que haga el estudio pormenorizado de los dictámenes emitidos y razones este estudio, relacionándolo con las demás pruebas desahogadas en el juicio, para concluir concediendo valor a alguno o algunos de ellos, o bien negándoseles validez a todos. Así pues, si las consideraciones de la responsable fueron en el sentido de que dos dictámenes, por el simple hecho de ser contradictorios, se anulan entre sí, debe estimarse que es completamente ilógica y carente de razón la referencia argumentación, si no se indican los motivos o circunstancias en que se funda la conclusión obtenida.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo 4319/54. Andrade Flores Gonzalo. 21 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.