Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/367090
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367090
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1233
TRABAJADORES PETROLEROS, PRUEBA DE LA ACCION DE LOS, PARA RECLAMAR UNA PLAZA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1233
Si la incapacidad física de un trabajador para desempeñar una plaza, dio origen que ésta quedara vacante, la Empresa tiene que conceder el desempeño de tal empleo a quien, de acuerdo con el contrato colectivo y con la ley, tuviera mejor derecho a ella. Ahora bien, si un trabajador, estimó que la Empresa no hizo la designación para la plaza de acuerdo con el contrato colectivo y la ley, estaba en capacidad de ejercitar su acción reclamando la plaza vacante ya fuera como derivada del incumplimiento del contrato o de la ley y, al efecto demostrar, su mejor derecho a la misma.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8550/50. Solano Juan. 12 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.