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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367092
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1236
TRABAJADORES, DEDUCCIONES INJUSTIFICADAS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1236
Si la empresa no demostró que existiese un convenio mediante el cual los trabajadores estaban obligados a pagar los sueldos de sus ayudantes o aprendices, la Junta responsable obró correctamente al estimar que fue injustificada la deducción que la misma empresa hizo a sus trabajadores en sus indemnizaciones y sueldos cuando pasaron a otro departamento, alegando que tal descuento correspondía a la indemnización de tales aprendices.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo. 2793/53. Atoyac Textil, S. A. 1º de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.