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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367093
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1236
TRABAJADORES, DEDUCCIONES INJUSTIFICADAS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1236
Si los aprendices fueron trabajadores al servicio de una empresa y sus ligas laborales lo fueron directamente con ella, resuelta incuestionable que ésta no tuvo derecho a que cualquier pago que debiera hacerse a los aprendices tuviera que hacerlo los trabajadores de planta a los cuales estaban adscritos, pues para ello era necesario que entre empresa y trabajadores hubiera existido pacto expreso en que hubiera quedado estipulado que de las cantidades que recibía el trabajador sólo parte le correspondía como salario, debiendo entregar a su aprendiz una cantidad determinada por concepto de salarios de éste.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2793/53. Atoyac Textil, S. A. 1º de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.