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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367102
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1340
PRUEBAS QUE NO OBRAN EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1340
Si el quejoso no cuidó de aportar al juicio de amparo copia certificada de todas las constancias del expediente original del juicio laboral, ni de que la responsable remitiera dicho expediente a esta Suprema Corte de Justicia, y tal omisión imposibilita a este Alto Tribunal para tener por comprobadas las violaciones que se imputan al laudo, esto es, la inconstitucionalidad del acto reclamado, debe concluirse que el concepto de violación es inoperante y negarse el amparo al quejoso.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5487/54. Petróleos Mexicanos. 3 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.