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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367115
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1510
APRENDIZAJE, CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1510
De acuerdo con lo que establece el artículo 31 de la Ley Federal del Trabajo, la falta en el contrato de alguno de los requisitos que señala la ley, es imputable al patrón, de tal suerte que la nulidad de un contrato de aprendizaje, por falta de requisitos, tiene como consecuencia que los servicios prestados por el trabajador al patrón demandado, se estimen como un contrato de trabajo ordinario, sujeto y regido por las disposiciones del código laboral.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1724/54. Burgoa Mejía Luis y coagraviados. 9 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.