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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367117
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1514
CONTRATO DE TRABAJO, DURACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1514
Ordinariamente el contrato de trabajo debe conceptuarse por tiempo indefinido y sólo podrá celebrarse para obra determinada o por tiempo fijo, cuando así lo requiera la naturaleza de los servicios que se van a prestar; en el concepto de que, si vencido el tiempo del contrato subsisten las causas que le dieron origen y la materia del trabajo, se prorrogará por todo el tiempo que perduren dichas circunstancias.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2218/54. Jiménez Martínez Lorenzo y coagraviados. 9 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.