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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367141
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2145
SEPTIMO DIA, TRABAJO EXTRAORDINARIO EN EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2145
El trabajo extraordinario del séptimo día sólo puede aceptarse esporádicamente, como una verdadera excepción, y atentas las necesidades inaplazables del servicio; pero nunca como una regla consuetudinaria, por ser ilícita, por ser contraria a las disposiciones legales respectivas.
Precedentes
Amparo directo 2981/51. Martínez López Carlos. 10 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.