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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367170
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2184
COMPETENCIA, CAMBIO DE SITUACION JURIDICA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2184
Si un grupo de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje se declara incompetente y antes de que el Pleno de la Junta conozca de la competencia, la Junta Central se dirige por Oficio a la Federal, para que se inhiba del conocimiento del asunto por ser ella la competente, y la federal lo hace, con el resultado de que el Pleno ya no tiene intervención en el caso, el acuerdo de inhibición cambia la situación jurídica existente, y si esta nueva situación jurídica no es atacada por el afectado, no puede después, en el amparo pedido con motivo del juicio principal, reclamarse como concepto de violación el auto por el que la responsable declinó su competencia, porque al dictarse el proveído de inhibición dejó de surtir efectos el anterior.
Precedentes
Amparo directo en materia de Trabajo 6816/49. Sindicato de Trabajadores en el Ramo de Droguerías y Medicamentos en General. 3 de diciembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.