Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/367181
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367181
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2234
VACACIONES, CARGA DE LA PRUEBA TRATANDOSE DEL PAGO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2234
Si un trabajador aseguró en su demanda laboral que no se le concedieron vacaciones y la empresa afirmó que sí había cumplido con su obligación de otorgarlas, quedó esta última con la carga de la prueba del hecho positivo de haberlas concedido, sin que pudiera exigirse al actor que acreditaran no haberlas gozado, pues esto sería contrario al tenor del artículo 81 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en el caso. Ahora bien, la circunstancia de que la empresa haya otorgado gratificaciones de Navidad al empleado, no la libera de la acción que se ejercitó, por tratarse de prestaciones distintas e independientes.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 740/54. Rico Martínez Marcelino. 7 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.