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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367194
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 124
TRABAJADORES PETROLEROS TRANSITORIOS, DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 124
Si el contrato de trabajo estaba sujeto a la condición resolutoria consistente en que regresara el trabajador titular de la planta, y tal condición no se realizó por la muerte de dicho trabajador, esto no cambia la naturaleza transitoria de la relación; por lo que al operar la vacante definitiva, determinada por defunción, estaba obligada la empresa a cubrirla en los términos del contrato colectivo, sin que el trabajador substituto pudiera obtener derechos al puesto, ya que éstos sólo pueden obtenerse en los términos de la contratación apuntada, mediante los procedimientos escalafonarios y de boletinación respectivos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1507/54. Petróleos Mexicanos. 6 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.