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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367200
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 197
PRUEBA PRESUNTIVA, APRECIACION DE LA, POR EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 197
Si el Tribunal de Arbitraje estudió las pruebas aportadas, aunque no se haya referido de manera expresa a la de presunciones, tal circunstancia no origina por sí sola la protección constitucional, porque la prueba presuntiva, por su naturaleza jurídica, puede presentarse en la mente del juzgador, pero también puede acontecer que no haya lugar a mecanismos alguno de presunciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7198/47. Barona Lobato Mario. 8 de octubre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agapito Pozo. La publicación no menciona el nombre del ponente.