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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367204
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 351
TRABAJADORES SINDICALIZADOS, PREFERENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 351
La fracción I del artículo 111 del Código Laboral concede preferencia a los trabajadores sindicalizados sobre los que no lo son y a los que ya han prestado servicios respecto de los nuevos; pero esta Suprema Corte de Justicia de la nación, en diversas ejecutorias, ha sustentado el criterio de que esa obligación existe cuando hay nexo contractual entre patrón y sindicato.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9517/49. Acosta J. Luz. 18 de octubre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Martínez Adame. La publicación no menciona el nombre del ponente.