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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367216
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 544
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 544
Como el juicio de amparo sólo puede promoverse por aquel a quien agravia el acto reclamado, por sí o por medio de legítimo representante, si el promovente del mismo no acredita ser representante de quien debe considerarse quejoso, dicho juicio resulta improcedente por falta de agraviado y debe ser sobreseído.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3152/54. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 22 de octubre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Martínez Adame. La publicación no menciona el nombre del ponente.