Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/367300
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367300
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 455
JUNTAS, INTERPRETACION DE LOS ESTATUTOS DE LOS SINDICATOS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 455
Si bien es cierto que la asamblea general de los sindicatos tiene la facultad de interpretar sus propios estatutos, también lo es que las Juntas de Arbitraje deben hacerlo y están facultadas para hacerlo, cuando es necesario en los asuntos litigiosos planteados a su jurisdicción.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6427/47. Sindicato Industrial de Trabajadores en Fabricas de Jabón, Aceites y Similares de Jalisco. 16 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gilberto Valenzuela.