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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1407
TRABAJADORES, RENUNCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1407
Si el patrón demandado aduce que no despidió al trabajador, sino que éste renunció por escrito a seguir laborando, la prueba idónea de tal hecho es el documento respectivo ratificado por dicho trabajador, no siendo suficiente, en ausencia del mismo, el dicho de un testigo singular para tener por probada la renuncia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5689/51. Pérez Medina Nicolás. 13 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.