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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367330
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1664
DESPIDO DEL TRABAJADOR, HECHOS UNICOS QUE LO JUSTIFICAN.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1664
No basta que un hecho sea reprobable para que se tenga como causa justificada del despido de un trabajador, sino que es necesario que esté exactamente comprendido dentro de la enumeración del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo o que, por su analogía, resulte una semejanza evidente, pues de lo contrario no puede justificar el despido del trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2182/53. Ramírez Muñoz Esteban. 19 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.