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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367336
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1704
ABANDONO DE EMPLEO, CARGA DE LA PRUEBA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1704
Negado el despido por el patrón y afirmado por éste en la reconvención que fue el trabajador quien abandonó el trabajo, competía al primero justificar ante la Junta la veracidad y certidumbre del abandono, pues en constantes ejecutorias por esta Suprema Corte se ha sostenido que en tales casos es el patrón quien soporta la carga de la prueba.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4899/53. Chacón Prieto Ismael. 20 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.