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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367337
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1703
SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN EL AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1703
La imperfecta estructuración de los conceptos de violación alegados por el trabajador inclina a esta Suprema Corte a complementarlos y ampliarlos, haciendo uso de la facultad que el artículo 107 constitucional, fracción II y el 76 de la Ley de Amparo le otorgan, si consultados las constancias del juicio arbitral se advierte que la autoridad responsable cometió en perjuicio del trabajador violaciones que lo dejaron sin defensa.
Precedentes
Amparo directo 4899/53. Chacón Prieto Ismael. 20 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.