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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367348
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1799
TRABAJADORES FERROVIARIOS, DERECHOS DE LOS, PARA ASCENDER.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1799
El derecho de los trabajadores para ascender escalafonariamente, fundados en su mayor antigüedad en el servicio, proviene del contrato colectivo de trabajo; por lo mismo, en él pueden establecerse las condiciones y términos en que esos derechos deben hacerse valer; consecuentemente, si en el contrato colectivo de trabajo se ha establecido que al boletinarse una vacante, los que a ella se crean con derecho disponen de un plazo determinado para hacer aplicación, plazo que se denomina vigencia de boletín, los trabajadores que, enterados de dicho boletín, no presenten la correspondiente solicitud durante ese término, por esa abstención pierden el derecho a inconformarse con la designación que se haga del puesto vacante, en favor del que tenía mayor antigüedad entre los que oportunamente concurrieron.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4349/53. Bravo Cortés Enrique. 23 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.