Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/367350
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367350
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1837
TRABAJADORES PETROLEROS, LAUDO CONDENATORIO AL OTORGAMIENTO DE UNA VACANTE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1837
Si la prestación se demandó solidariamente de la empresa y de su sindicato y así lo resolvió el laudo, es infundado el concepto de violación que se haga consistir en que la empresa sólo está obligada a efectuar los movimientos que el sindicato lo indique, porque en ejecución del laudo, dicha organización estará a proponer el otorgamiento de la plaza.-
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6055/50. Petróleos Mexicanos. 25 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.