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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367364
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2007
RIESGO PROFESIONAL, SALARIO BASE PARA EL PAGO DE LA INDEMNIZACION POR CONCEPTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2007
Para determinar el salario que debe servir como base para el pago de la indemnización por riesgos profesionales, tratándose de trabajadores que perciben salario por unidad de obra, debe sumarse lo que hayan percibido durante los treinta días anteriores a la fecha del accidente y dividir el resultado entre treinta y no entre los días que en ese lapso hayan realmente laborado, pues de no hacerlo así, se obtendría no el promedio diario en el último mes sino el promedio de los días en que prestaron sus servicios.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 411/51. María Rodríguez viuda de Aguilar. 2 de septiembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. ausente: Alfonso Guzmán Neyra. La publicación no menciona el ponente.