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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367365
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2242
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO, INTERRUPCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2242
Si bien es cierto que de acuerdo con la jurisprudencia establecida, la prescripción se interrumpe por la sola presentación de la demanda, también lo es que para que esto suceda, es necesario que la presentación sea hecha por el mismo interesado o por persona que legalmente lo represente, por lo que si la demanda se presenta por quien no acredita la personalidad con que lo hace, la misma no puede producir dicho resultado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5939/46. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 9 de septiembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Martínez Adame. La publicación no menciona el nombre del ponente.