Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/367369
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2311
PRUEBAS EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2311
De conformidad con el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, todas las pruebas rendidas en el juicio obrero deben ser estudiadas, dándose en el laudo los motivos por los cuales se les conceda o no valor convincente, pues de otra manera se niega a la parte que ve perjudicados sus intereses con el laudo, el derecho de combatir los razonamientos de la Junta en relación con sus pruebas, precisamente por la omisión de no mencionarse esas pruebas en el laudo ni hacerse ninguna valorización de las mismas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4212/52. "El Modelo", S. A. 20 de septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.