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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367408
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2815
INSPECTORES FEDERALES DEL TRABAJO, VALOR DE LAS ACTAS LEVANTADAS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2815
Las actas levantadas por los inspectores federales del trabajo no producen efectos de prueba plena, por no ser estos los capacitados para certificar hechos o consecuencias, sino solo las juntas de conciliación y arbitraje o los actuarios que están adscritos, comisionados por las mismas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1692/53. Gómez Pérez María de La Luz. 29 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gilberto Valenzuela. Relator: Agapito Pozo.