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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367424
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2950
JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2950
Las juntas gozan de libertad para hacer la estimación de las pruebas que las partes aporten, siempre y cuando la conclusión que hagan desprender de las mismas no resulte irracional e ilógica, y en manera alguna están obligadas a ceñir sus fallos a los puntos de vista de otras autoridades, que por muy responsables que sean, no pueden restringir el arbitrio de que gozan dichas juntas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 990/50. Sindicato de Obreros Textiles de "Francisco Ferrer Guardia". 29 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.