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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367436
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2989
PRUEBAS EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO, APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2989
Las pruebas de los procesos del orden penal se estiman y aprecian en forma muy distinta a las pruebas rendidas en los juicios laborales, ya que en el primer caso el juzgador debe sujetarse a las limitaciones que impone la naturaleza de la legislación penal y a las garantías que se otorgan a todo acusado; y en el segundo, la apreciación debe hacerse en forma razonable y humana, ya que los Tribunales de Trabajo están capacitados para apreciar todas las pruebas en conciencia y sin sujetarse a las reglas que la legislación común establece para dicha apreciación.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2944/53. Secretaría de Educación Pública. 9 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.