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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367438
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2993
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, NO PUEDE DEROGAR PRINCIPIOS DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO (PETROLEOS MEXICANOS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2993
El hecho de que en la cláusula 131 del Contrato Colectivo de Trabajo , se precise el carácter profesional de los accidentes por Petróleos Mexicanos, no puede derogar o hacer inaplicable el principio general contenido en el artículo 284 de la Ley Federal del Trabajo, que clasifica de profesionales, los accidentes o enfermedades a que están expuestos los trabajadores con motivo de sus labores o en ejercicio de ellas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2051/50. López Reyes Juan 12 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Relator: Agapito Pozo.