Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/367439
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367439
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3003
SEPTIMO DIA, PAGO INOPERANTE DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3003
Si el trabajador devengaba sueldo mensual y no salario diario pagadero semanalmente, debe estimarse que no procedía reclamar el pago de séptimos días.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8177/50. Su Samuel. 19 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.