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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3010
PRUEBA TESTIMONIAL EN MATERIA DE TRABAJO, REQUISITOS PARA QUE SURTA EFECTOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3010
La Suprema Corte de Justicia ha sostenido que la prueba testimonial, para que surta todos sus efectos en un conflicto laboral, debe ser rendida ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, con el objeto de que las partes hagan uso del derecho de repreguntar y también para que los integrantes de esos tribunales laborales interroguen libremente, según sus atribuciones, a los testigos presentados; de otra manera, la prueba testimonial rendida ante autoridad diferente no reúne todos los elementos para que, basada en ella, una Junta de trabajo pueda en conciencia decidir una controversia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1249/52. Arias A. Aurora. 22 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.