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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367467
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3078
CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3078
Cuando el trabajador se niega a obedecer órdenes del patrón, que emanan de la celebración y aprobación de un convenio en el que aquél no fue parte, es correcta la postura asumida por el mismo el atacar jurídicamente la base o fundamento con que se trata de causarle los perjuicios, y dejar de obedecer las órdenes indebidas en espera de la resolución que al respecto pronuncie la autoridad competente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1361/50. Ferrocarriles Nacionales de México. 9 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.