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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367488
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 752
TRABAJADOR. DESPIDO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 752
Si la parte obrera afirma haber sido despedida del trabajo por un funcionario sindical y que éste estaba autorizado para ello por la empresa demandada, debe acreditar este último externo, pues de lo contrario, carece de responsabilidad el patrón por actos de tercera personas, y se impone su absolución.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4716/53. Compañía Fundidora de Chihuahua, S. A. 7 de mayo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.