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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1035
RIESGO PROFESIONAL, INDEMNIZACION INOPERANTE POR CONCEPTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1035
Si al trabajador se le cubre el importe total de la indemnización que le corresponde por riesgo profesional, el tiempo que pierda con posterioridad a la fecha en que fue dado de alta no puede imputarse al patrón, si no es consecuencia obligada y necesaria del repetido riesgo o por agravación de la incapacidad consecutiva al mismo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7210/50. Ferrocarriles Nacionales de México. 4 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.