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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367521
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1438
PRESTACIONES PAGO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1438
Cuando el demandado demuestra con recibo firmado y ratificado por la actora, haber pagado las prestaciones que se le reclaman y la actora no objetó dentro del juicio laboral dicho documento, ni arguyó contra él, causa ni vicio alguno que lo invalide, no puede alegar como concepto de violación estas causas o vicios para pretender que la responsabilidad no debía concederle valor probatorio en el laudo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1463/53. Segura María Elena. 17 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.