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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367522
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1440
TRABAJADORES CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE TRABAJO POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1440
Cuando el trabajador incurre en incumplimiento de cláusulas contractuales, por actos que a su vez constituyen obligaciones legales del mismo establecidas de los artículos 113 y 114 de la Ley Federal del Trabajo, tiene aplicación la fracción XVI del artículo 121 del mismo ordenamiento, puesto que se impone la analogía entre la falta del trabajador a sus obligaciones contractuales y legales con las causas que autorizan al patrón a rescindir el contrato sobre todo con las fracciones II, III y XIV del último artículo citado y porque el capítulo IX de la ley de la materia no contiene sanciones especiales para las faltas de cumplimiento de que se ha hecho mérito y no puede obligarse a los patrones a conservar vivo un contrato de trabajo que no se cumple por parte del trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2901/53. Pérez Hernández Manuel. 17 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.