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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367550
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 2201
CONTRATO DE TRABAJO, RESCISION DEL, POR FALTAS DE PROBIDAD Y HONRADEZ DEL TRABAJADOR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 2201
Si el trabajo desempeñado por un empleado consiste en practicar visitas a los agentes de la Institución a la que presta sus servicios y formular estados de cuenta en los que aparece el saldo que en favor o en contra de la misma existe, es evidente que el hecho de formular primero un estado que arroje cierto saldo en favor de la Empresa y a cargo de uno de los agentes y posteriormente otro de igual fecha en el que el mismo agente resulta con un saldo menor a su cargo, constituye una falta de probidad y honradez que justifica la rescisión del contrato de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3901/49. Martínez Ortega Mario. 20 de enero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.