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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367575
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 859
CONTRATO DE TRABAJO, SEGURO DE VIDA ESTABLECIDO EN EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 859
Si en un contrato colectivo se establece que el patrón pagará determinada suma de dinero como seguro de vida a los beneficiarios de los trabajadores que mueran estando a su servicio, por causas ajenas al trabajo, siendo esta prestación de origen contractual, debe estarse a lo pactado por las partes contratantes, por lo que si éstas condicionaron el pago a la circunstancia de que el trabajador fallezca estando al servicio de la empresa carecen de derecho a reclamar ese beneficio los deudos de un trabajador que muere mientras disfruta de permiso para no concurrir a sus labores.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4024/52. San Francisco Mines Of México, Ltd. 8 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.