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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367579
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 922
HORAS CORRIDAS, EL DECRETO QUE LO ESTABLECIO, NO ES APLICABLE A EMPRESAS FEDERALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 922
La aplicación del decreto que estableció el sistema obligatorio de horas corridas para las actividades industriales, comerciales, bancarias y en las oficina del gobierno del Distrito Federal, se circunscribe a este, y no es aplicable a Empresas de carácter Federal, pues estas se rigen pro disposiciones especiales, contenidas en el capítulo XVI del título segundo de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2357/52. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.