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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367592
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1146
CONTRATO DE TRABAJO, SUSPENSION DE LOS EFECTOS DEL, POR FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1146
La fuerza mayor o el caso fortuito son liberatorios de responsabilidad patronal, cuando se satisfacen las exigencias previstas en la fracción V del artículo 116 de la Ley Federal del Trabajo y el 118 de la misma, es decir, por una parte, cuando el suceso no resulta imputable al patrón, y por la otra, si se da el aviso respectivo a la Junta de Conciliación y Arbitraje, y ésta, mediante la comprobación del hecho denunciado, sanciona la suspensión temporal de los contratos de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1280/50. Vargas Cuevas Salvador. 17 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.