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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1174
TRABAJADORES, DELITOS COMETIDOS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1174
Independientemente de la decisión de las autoridades penales sobre el delito que se imputa a un trabajador, la Junta debe resolver de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo y puede encontrar que el trabajador ha incurrido en faltas de probidad y honradez, no obstante que penalmente sea absuelto por no haberse configurado el delito por el cual se le procesó.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6984/50. Pedraza Vargas Pedro. 18 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Martínez Adame.