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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1327
AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO, SUPLENCIA DE LA QUEJA EN.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1327
Si la Junta estimó incorrectamente los elementos probatorios aportados por los trabajadores quejosos en el conflicto, aunque no se combata con la explicitud necesaria la apreciación a que se alude, en la demanda de amparo procede suplir la deficiencia de la queja con apoyo en los artículos 107, fracción II, constitucional y 76 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3996/53. Hernández Maurilio y coag. 25 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.