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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367629
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1573
DIAS INHABILES EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1573
Si por decreto presidencial se declaró el día quince de agosto de 1945 fiesta nacional, debe concluirse que lo actuado en esa fecha carece de validez en razón de haber sido día inhábil.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3939/46. Fuente Aníbal y coags. 8 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gilberto Valenzuela.