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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367630
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1572
NULIDAD EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1572
No cabe la nulidad de lo actuado cuando en el momento de actuarse, los proveídos o resoluciones dictados por la autoridad son correcta consecuencia de las promociones o el planteamiento de las partes; de manera que si por conocimiento posterior de hechos anteriores a lo actuado, llega a estimarse que ha cambiado la situación jurídica por ser otro el representante legal del demandado, no es un incidente de nulidad de lo actuado lo que procede, sino enderezar las acciones contra quien deban ejercitarse o llamar a juicio a quien aparezca como sujeto pasivo de las obligaciones que se demandaron de quien legalmente no era ya tal sujeto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3939/46. Fuente Aníbal y coags. 8 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gilberto Valenzuela.