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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367660
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1940
AUDIENCIA DE PRUEBAS Y ALEGATOS EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1940
El artículo 522 de la Ley Federal del Trabajo establece que concluido el ofrecimiento de pruebas y acordada la recepción de las precedentes no se admitirán más pruebas, a menos que se refieran a hechos supervivientes o que tengan por fin probar las tachas que se hayan hecho valer en contra de los testigos, pues el momento procesal oportuno para ofrecer elementos probatorios es la audiencia de pruebas y alegatos, y no en fecha posterior cuando ya haya sido concluido el período de ofrecimientos de pruebas, y el ser presentada a admitida una persona distinta de la ofrecida como testigo, equivaldría a la substitución de la prueba.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6582/47. Domínguez Pedro. 18 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.