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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367674
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2100
DESPIDO DEL TRABAJADOR, EXCEPCIONES RELATIVAS A SU JUSTIFICACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2100
Si en el juicio laboral el demandado no opone la excepción de abandono del trabajo, ni la de despido con causa justificada, precisando en que consistió ésta, si no otras excepciones que no son operantes o no resultan probadas en autos, el juzgador tiene que condenar a la reinstalación, si el actor demuestra haber prestado el servicio y no continuar en él al presentar su demanda, sin que pueda absolver fundándose en constancias de autos que evidencien que el trabajador incurrió en causas que justifiquen el despido.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3397/57. Noyola Magdalena. 26 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.