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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367693
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2455
PRUEBA CONFESIONAL ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2455
De acuerdo con el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo es forzosa la presencia ante la Junta de quien debe contestar las preguntas, bajo pena de declarársele confeso de las mismas, pero no de quien se propone hacerlas y las presenta por escrito. Por tanto, al declarar la responsable desierta la prueba de confesión por la falta de asistencia de quien la ofreció, no obstante que con anterioridad había admitido ese medio probatorio y agregado a los autos el correspondiente pliego de posiciones, dejó al promovente de la prueba en estado de indefensión, violando con ello las leyes del procedimiento.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1902/48. Bustamante Luis Felipe. 7 de mayo de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.