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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367694
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2455
AGRAVIOS, CITA ERRONEA DE ARTICULOS LEGALES EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2455
Aun cuando erróneamente se citen como violados artículos que no son aplicables al caso, ello no es obstáculo para declarar procedente el agravio, si el concepto de violación está correctamente expresado y justificado el perjuicio sufrido por el quejoso.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1902/48. Bustamante Luis Felipe. 7 de mayo de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 767, tesis 271, de rubro "SENTENCIAS. CITA EQUIVOCADA EN ELLAS, DE PRECEPTOS LEGALES INAPLICABLES.".