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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3177
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, CLAUSULAS NULAS EN EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3177
Si el contrato colectivo de trabajo excluye a determinados trabajadores de los beneficios que concede a los demás, es necesario que se intente la acción de nulidad de las cláusulas relativas, por aquéllas, precisamente para que pueda tener aplicación lo que previene el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo y se demuestre así, que los trabajadores no desempeñan labores de dirección o de inspección, ni prestan servicios personales al patrón dentro de la empresa.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 507/53. Meyer Julio. 18 de noviembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.