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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 367750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3749
TRABAJADORES FALTAS DE ASISTENCIA DE LOS (TRABAJADORES PETROLEROS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3749
Si el trabajador faltó a sus labores más de tres días consecutivos en un solo mes, sin que previamente avisara a la empresa los motivos de esas faltas, pues lo hizo cuando ya se habían consumado y hasta cuando se le citó a la investigación presentó el certificado médico relativo, es inconcuso que como pudo ir al consultorio médico estuvo también en aptitud de avisar a la compresa la casa que lo impedía presentarse a sus labores y aun acompañar el certificado aludido, pero como ese aviso lo proporcionó después de haber faltado los días señalados, la justificación de las inasistencias debe considerarse extemporánea y en tal virtud la casual rescisoria del contrato que hizo valer la multicitada empresa quedó debidamente acreditada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 797/53. Medina Gordillo Esteban. 15 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Martínez Adame. La publicación no menciona el nombre del ponente.